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Implanta la Ley Antifraude y VeriFactu con KIT DIGITAL

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El mundo empresarial se enfrenta a un gran cambio el 1 de julio de 2025

Ley Antifraude y VeriFactu

Hazte ya con el software adaptado a la Ley Antifraude desde 2021

Ley Antifraude y VeriFactu

Una legislación exclusiva de España diseñada para combatir el fraude fiscal y la evasión de impuestos que supone un giro de 180 grados en la facturación y contabilidad el próximo año.

Puntos esenciales:

  • Control del efectivo en cobros y pagos
  • Prohibición del software de doble uso
  • Implantación de VeriFactu
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TeamSystem es líder en facturación electrónica en la Unión Europea

por número de facturas gestionadas, y líder en Italia como proveedor de soluciones para asesorías, por cuota de mercado.

¿Qué ocurrirá el 1 de julio de 2025?

Se implantan el resto de aspectos de la Ley Antifraude respecto al software del doble uso e implantación de VeriFactu.

  • Prohibición del software de doble uso: Se prohíbe fabricar, tener, usar y comercializar software de contabilidad y facturación que permita la manipulación u ocultación de los registros generados.

  • Implantación de VeriFactu: La ley establece que los programas de facturación de las empresas deben generar una anotación en el sistema informático por cada factura que se emita, para que pueda ser enviada a la AEAT.

La ley pretende que la facturación de las empresas quede registrada en la Agencia Tributaria para impedir la posterior alteración de dichas anotaciones, garantizando la integridad, conservación, legibilidad, trazabilidad, accesibilidad e inalterabilidad de los datos generados por el software. 

Se contemplan dos tipos de funcionamiento:

Sistemas VeriFactu: El software de facturación enviará a la AEAT cada registro de facturación de forma continuada, automática e instantánea en el mismo momento de la emisión de la factura. Al elegir esta opción, el software cumple con los requisitos de este Reglamento y elimina la obligación de firmar electrónicamente los registros.

Para ello, los SIF (Sistemas Informáticos de Facturación) deberán:

  • Garantizar la integridad e inalterabilidad de los registros de facturación.
  • Garantizar la trazabilidad de las facturas realizando un encadenamiento, mediante la adición de una huella (hash), con la anterior.
  • Garantizar la conservación, legibilidad y accesibilidad de dichos registros. 
  • Incorporar un código QR con el contenido parcial de la factura. 

Sistemas No VeriFactu: Las empresas pueden optar por no enviar de forma inmediata los registros de facturación, en cuyo caso, su software debe tener la capacidad de hacerlo cuando la AEAT se los solicite. El software de facturación deberá igualmente firmar electrónicamente cada registro de facturación, guardarlo adecuadamente y tener una opción para que se pueda exportar a la AEAT cuando lo solicite.

¿Quién debe cumplir la Ley Antifraude?

La Ley debe ser cumplida por todos los empresarios que realicen operaciones económicas que deban documentarse con facturas.

Respecto al reglamento VeriFactu, quedan excluidos los que ya estén sometidos al Suministro Inmediato de Información (SII) y los que desarrollen su actividad en territorios forales. Esta ley no evita el cumplimiento de la Ley Crea y Crece respecto a la emisión de la factura electrónica B2B.

¿Cómo cumplir con los requisitos de la Ley Antifraude?

Las empresas deben disponer de un software adaptado a la ley desde su entrada en vigor el 11 de octubre de 2021. Si tu software no cumple con estos requerimientos o desconoces este hecho, lo recomendable es contactar con tu proveedor de software para que te certifique que está adaptado a la norma.

¿Cuáles serán las sanciones?

Se incrementan las capacidades de inspección, las sanciones y el plazo de prescripción del delito fiscal. Las sanciones por el incumplimiento de esta Ley quedan así:

  • Los fabricantes de software que no adapten sus sistemas a la Ley Antifraude y sigan comercializando sus productos, se verán sancionados con 150.000 euros por cada ejercicio.
  • Los usuarios. La sanción que te afecta como empresario es la de 50.000 euros por cada ejercicio por la mera tenencia o uso de programas informáticos que no estén debidamente certificados.
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